La nueva ley impulsará la creación del Instituto de Perfeccionamiento y Bienestar del Educador, una promesa de establecida en el pilar, “La Estrella: Educación” del Plan de Acción del Gobierno Nacional.
Una nueva ley, que garantice la actualización permanente del educador e impulsar la creación del Instituto de Perfeccionamiento y Bienestar del Educador, fue sancionada hoy por el presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen.
Con este acto de sanción de la ley, llevado a cabo en el Salón Amarillo ante autoridades del Ministerio de Educación, diputados de la Asamblea Nacional y dirigentes de gremios magisteriales, también se busca elevar la motivación e impacto de la labor de perfeccionamiento del educador.
«En nuestro Plan de Gobierno y en los lineamientos del Consejo Permanente Multisectorial para la Implementación del Compromiso Nacional por la Educación, que hemos apoyado siempre está consignado el propósito de establecer políticas públicas relacionadas con la actualización permanente del docente y con ello contribuimos a retribuir la entrega de los educadores en su noble labor de formar a nuestros niños y jóvenes», señaló el presidente Cortizo Cohen.
La nueva ley establece los lineamientos para la transformación, el perfeccionamiento y el bienestar del educador. La legislación busca elevar las competencias del educador al nivel esperado para lograr una educación integral de alta calidad basada en estándares internacionales, dirigida al desarrollo y bienestar humano.
Para lograr estos objetivos mediante esta ley se impulsará la creación del Instituto de Perfeccionamiento y Bienestar del Educador y será el Ministerio de Educación el ente encargado de las políticas públicas necesarias en conformidad a la ley. Este instituto en enfocará en la capacitación permanente del educador, con énfasis en su perfeccionamiento a largo plazo y en programas de bienestar.
El instituto perfeccionará a los educadores mediante programas de competencia con contenidos y destrezas pedagógicas, técnicas, académicas, tecnológicas, socioemocionales y cualquier otro aspecto necesario para el logro de los objetivos.
Esta legislación regirá tanto para todo el sector educativo oficial y particular de primer y segundo nivel de enseñanza, incluyendo a los educadores que completaron su formación, aunque no hayan ingresado al sistema educativo formal.