Establecen horario especial para centros nocturnos durante fiestas patrias


El horario especial aplica únicamente para los establecimientos comerciales que cuenten con permiso nocturno vigente, expedido por la Alcaldía de Panamá. 


Noticia Radio Panamá | Establecen horario especial para centros nocturnos durante fiestas patrias

Rigoberto Carranza | octubre 26, 2022


A través del Decreto alcaldicio No. 023 de 17 de octubre de 2022 el municipio capitalino
estableció  un horario especial y temporal, para las operaciones de los centros de expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el Distrito de Panamá. 

De acuerdo con la entidad para el Jueves 3 de noviembre,  los sitios  de diversión nocturna podrán operar desde las 12.01 de la madrugada hasta las  6:00  de la mañana.

Mientras que, el viernes 4 y sábado 5 de noviembre mantendrán su horario regular y hasta las 6:00 de la mañana  del día siguiente.

El martes 9 y domingo 27 de noviembre, también podrán extender su actividad hasta las 6 de la mañana del día siguiente. 

El director de Legal y Justicia de la Alcaldía de Panamá, Eldis Barnes, explicó que la medida intenta respaldar la actividad de este sector “que sabemos fue muy golpeado durante la pandemia de covid-19”. 

El documento decreta que el horario especial aplica únicamente para los establecimientos comerciales que cuenten con permiso nocturno vigente, expedido por la Alcaldía de Panamá. 

Sin alcohol

Cabe destacar que mediante el decreto alcaldicio No 022 de 14 de octubre de 2022 la Alcaldía de Panamá también ordenó la suspensión de venta de bebidas alcohólicas, el uso de cajas de música, sinfonías y otros instrumentos musicales el día de los Difuntos, 2 de noviembre.

Tampoco se permitirá la emisión de ruidos y la realización de actividades bailables amenizadas por orquestas, conjuntos u otros medios de difusión de música en todo el distrito de Panamá, desde las 12:01 a.m. hasta 11:59 p.m. del 2 noviembre de 2022.

Las personas que violen o incumpla las disposiciones contenidas en el decreto serán sancionadas con multas que van de cien a mil balboas.

La Policía Nacional, los Agentes de Vigilancia Municipal, los Inspectores Municipales, los funcionarios de cumplimiento y Jueces de Paz, están comisionados para hacer cumplir la norma alcaldicia y están facultados para ordenar, de ser necesario, el desalojo del área en casos que lo amerite.

Estos decretos entrarán en vigor al momento de su promulgación en la Gaceta Oficial.

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