Quienes violen este precepto legal serán sancionados con multas de B/.100.00 a B/.1,000.00
| abril 8, 2009
Además todos los propietarios y administradores de cantinas, bares, bodegas, discotecas, parrilladas, supermercados, tiendas y distribuidores de bebidas alcohólicas deben suspender las actividades relacionadas con la venta y consumo de licores el día 10 de abril, Viernes Santo, en atención al Decreto Alcaldicio N.265 que emitió la institución para conmemorar la Semana Mayor.
Quienes violen este precepto legal serán sancionados con multas de B/.100.00 a B/.1,000.00 y corresponderá a la Policía Nacional, vigilantes e inspectores municipales, corregidores y juzgados nocturnos de policía velar por el fiel y estricto cumplimiento de este Decreto.
Las autoridades alcaldicias indican que con motivo de la Semana Santa deben dictarse medidas especiales que respeten y permitan profesar los principios religiosos del catolicismo que siguen la mayoría del pueblo panameño.