El laudo arbitral fue dictado en equidad por los miembros que integraron el tribunal de arbitraje, ordenado por el Mitradel con base a lo normado en el artículo 452 del Código de Trabajo
| octubre 21, 2015
Transcurrido el período de tres meses desde que fue instalado el Tribunal Arbitral, hoy miércoles 21 de octubre de 2015 se hizo formal entrega, con una carta firmada, el laudo arbitral que resuelve el conflicto colectivo que existía entre el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Transporte Masivo de Panamá (SITMAPA) y la empresa Transporte Masivo de Panamá (Mi Bus) donde se condena a pagar la suma de dos millones ochocientos diecisiete mil veintinueve balboas con cuarenta y ocho centésimos de balboas (2,816.029.48) en concepto de horas extras que fueron reclamadas por el sindicato, en el pliego de peticiones presentado ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral el día 12 de febrero de 2015.
El laudo arbitral fue dictado en equidad por los miembros que integraron el tribunal de arbitraje, ordenado por el Mitradel con base a lo normado en el artículo 452 del Código de Trabajo que permite decretar el arbitraje obligatorio cuando haya estallado una huelga en los servicios públicos, tal como aconteció el día 8 de julio del presente año, cuando el sindicato de la empresa Mi Bus dispuso el inicio de la huelga.
Para arribar a la decisión contenida en el laudo arbitral se dieron 27 sesiones de amplio debate, tal como lo registran las actas firmadas y entregadas al Mitradel, junto con los siete voluminosos expedientes que contienen las constancias documentales (contratos, formatos, fotos, sercom, entre otros) que fueron analizadas por el Tribunal Arbitral.
República de Panamá, miércoles 21 de octubre de 2015