Acodeco desarrolla abogacía de la competencia en diferentes actividades


La abogacía de la competencia es un mecanismo utilizado por las agencias de competencia a nivel global, para fomentar la libre competencia en la actividad económica a través de estudios, informes especiales y opiniones


Noticia Radio Panamá | Acodeco desarrolla abogacía de la competencia en diferentes actividades

La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) ha realizado últimamente, tres abogacías de la competencia, para fomentar la cultura de la libre competencia en el mercado nacional.

La abogacía de la competencia es un mecanismo utilizado por las agencias de competencia a nivel global, para fomentar la libre competencia en la actividad económica a través de estudios, informes especiales y opiniones, cuya finalidad es fortalecer el conocimiento por parte del Estado y la sociedad de los beneficios de la libre competencia en los mercados.

De esta manera, se destacan los últimos tres informes de abogacía de la competencia efectuados por la Acodeco, tales como:

  • Impacto de la cláusula 9ª, de los contratos de concesión números 71-13, 69-13 y 70-13, entre Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) y empresas concesionarias para la distribución y comercialización de energía eléctrica, en el proceso de libre competencia económica y libre concurrencia”
  • Informe relativo a contingente de café tostado establecido mediante el Decreto de gabinete n. ° 5 de 5 de marzo de 2021.
  • Las buenas prácticas de libre competencia económica y libre concurrencia dentro del marco de actividades que regula la Ley 56 de 6 de agosto de 2008 general de puertos de Panamá.
    En cada uno de estos informes, se han presentado estudios técnicos, así como conclusiones y recomendaciones en cada una de estas actividades, a fin de mejorar o corregir situaciones que pueden afectar la libre competencia entre varios agentes económicos de una misma actividad.

La Acodeco tiene entre sus funciones de conformidad con la Ley 45 de 31 de octubre de 2007el artículo 86, numeral 5, debe realizar abogacía de la libre competencia ante los agentes económicos, asociaciones, instituciones educativas, entidades sin fines de lucro, organizaciones de la sociedad civil y la administración pública , a través de la cual podrá recomendar, mediante informes técnicos jurídicos, la adopción o modificación de cualquier trámite o requisito propio de algún sector de la economía nacional o realizar estudios a fin de promover y fortalecer la competencia en el mercado.

Cabe destacar que, en este año, se celebra el XV aniversario del Día Nacional de la Libre Competencia, tal como lo dispone el Decreto Ejecutivo n.º 2 de 12 de enero de 2011, mediante el cual se declaró el 1 de febrero la celebración de este día, para realizar actividades que promuevan y exalten los valores y principios de la libre competencia, a través de los diversos medios de comunicación y otras actividades.

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