Ordenan detención preventiva para el expresidente Ricardo Martinelli


Se concluye que la detención preventiva en contra del expresidente condenado es proporcional y necesaria para asegurar la comparecencia del sancionado ante la justicia y salvaguardar los intereses de la sociedad


Noticia Radio Panamá | Ordenan detención preventiva para el expresidente Ricardo Martinelli

Rigoberto Carranza | febrero 22, 2024



La Jueza Segunda Liquidadora de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá, Baloísa Marquínez, admitió la solicitud de modificación de medida cautelar instaurada por el Fiscal Primero Especializado contra la Delincuencia Organizada, Emeldo Márquez Pittí, y ordenó la detención preventiva de un expresidente de la República dentro del proceso seguido por el delito contra el orden económico en la modalidad de blanqueo de capitales, en el denominado caso New Business.

En el Auto Vario n.°26 de fecha 21 de febrero de 2024, el tribunal consideró que existen suficientes elementos que fundamentan la aplicación de una medida cautelar distinta a la que mantiene el sentenciado. Se señaló, además, que en el escrito de contestación el licenciado Carlos Carrillo Gomila presentó una nota del Ministerio de Relaciones Exteriores de Nicaragua fechada 7 de febrero de 2024, la cual no reunía los requisitos exigidos por el artículo 877 del Código Judicial para los documentos extendidos en país extranjero, de tal forma que puedan ser estimados como prueba.

Se señala en la decisión que la última comparecencia del sentenciado para el cumplimiento de su medida cautelar personal fue el 15 de enero de 2024, lo que revela, desde esa fecha, un incumplimiento de sus obligaciones procesales, que agrava aún más el riesgo de fuga, máxime cuando la causa solo se encuentra a la espera de que sean resueltas solicitudes de aclaración, entre ellas, dos a favor del expresidente, que fueron remitidas el día 20 de febrero de 2024 al Tribunal Superior de Liquidación de Panamá para el trámite correspondiente.

La decisión analizó y ponderó la gravedad del delito imputado, el riesgo de fuga evidenciado por la conducta del sentenciado, la necesidad de garantizar la efectividad del proceso judicial y el incumplimiento de la medida cautelar de reporte.

Se concluye que la detención preventiva en contra del expresidente condenado es proporcional y necesaria para asegurar la comparecencia del sancionado ante la justicia y salvaguardar los intereses de la sociedad.

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