La Visa de Pasajeros y Tripulantes en Tránsito no es un permiso de entrada a territorio panameño.
| febrero 21, 2022
A partir de este 1 de marzo de 2022, las autoridades del Servicio Nacional de Migración exigirán a los viajeros de nacionalidad cubana una Visa de Pasajeros y Tripulantes en Tránsito dentro de la categoría migratoria de No Residente.
Según el Servicio Nacional de Migración este requisito, que se le solicitará a los extranjeros de nacionalidad cubana que viajen en tránsito por la República de Panamá hacia otro destino o de regreso a su país, no es un permiso de entrada a territorio panameño, puesto que solamente permite al migrante a permanecer en el área de tránsito internacional, con el objetivo que pueda continuar su viaje.
La Visa de Pasajeros y Tripulantes en Tránsito debe ser solicitada personalmente por el interesado ante el consulado panameño del país en que se encuentre.