Flores precisa que los profesores de la UP, a tiempo completo, solo podrán realizar labores académicas en otras universidades o de asesoría en instituciones, con la autorización del rector.
| febrero 21, 2022
En una nota remitida a todos los decanos, vicedecanos y directores de centros regionales, Flores precisa que el artículo 303 de la Constitución señala que “los servidores públicos no podrán percibir dos o más salarios pagados por el Estado, salvo los casos especiales que determine la Ley, ni desempeñar puestos en jornadas simultáneas de trabajo”.
La circular de Flores se produjo poco después del escándalo registrado en la Universidad Autónoma de Chiriquí (Unachi), en la que se pide el llamamiento a juicio contra los rectores Héctor Requena y Etelvina de Bonagas por una supuesta lesión patrimonial de más de 209 mil dólares.
Tras el resultado de una ampliación de la investigación ordenada por el Tribunal de Cuentas, dentro de la investigación realizada por la fiscal general, Waleska Hormechea, se determinó “el cobro de salarios y remuneraciones a tiempo completo de una funcionaria en un colegio de la ciudad de David y en la Unachi”.
Flores precisa que los profesores de la UP, a tiempo completo, solo podrán realizar labores académicas en otras universidades o de asesoría en instituciones, con la autorización del rector, a solicitud del interesado y previa recomendación del Decano o Director del Centro Regional Universitario y que solo podrá impartir clases en otra universidad con autorización del Decano.
Además, Flores precisa que el incumplimiento de esta norma puede acarrear la pérdida de su tiempo completo como docente y cita una consulta hecha a la Procuraduría de la Administración en la que destaca que no es viable ser docente universitario a tiempo completo en dos lugares a la vez.