Explica el Decreto que, aquellas dependencias que por la naturaleza de sus servicios deban laborar de manera ininterrumpida se podrán acoger a los esquemas, procedimientos, o normativas legales de trabajo que tengan dispuestos para tales fines.
| febrero 14, 2022
El presidente Laurentino Cortizo, en usos de sus facultades constitucionales y legales sancionó este lunes, el Decreto Ejecutivo N° 5 de 14 de febrero de 2022 que ordena el cierre en el territorio nacional, de las oficinas públicas nacionales y municipales el lunes 28 de febrero de 2022, lunes de carnaval.
De acuerdo a los considerandos del Decreto del Ministerio de Gobierno, la celebración de los Carnavales los días 26, 27, 28 de febrero y 1 de marzo de 2022, ha sido cancelada, en todo el territorio nacional, a causa de la pandemia de COVID-19 y el martes I de marzo de 2022 es un día libre por mandato legal; sin embargo, lo anterior no constituye un obstáculo para el movimiento de personas hacia áreas de recreo y esparcimiento, en esas fechas.
Indica que las instituciones bancarias se regirán por lo establecido en la Resolución S.B.P. N° 124-2006 de 4 de diciembre de 2006 y excluye de la aplicación de este Decreto Ejecutivo, a la Autoridad del Canal de Panamá conforme lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley N° 19 de 11 de junio de 1997.
Por otro lado, el Decreto Ejecutivo que se fundamenta en la Ley 19 de 3 de mayo de 2020 y Ley 38 de 31 de julio de 2000, suspende los términos en los procedimientos administrativos el lunes 28 de febrero de 2022, según lo establecido en el Título V de la Ley 38 de 31 de julio de 2000.