«Necesitamos que los que transitan en las calles, ya sea como conductores o peatones, tengan claro cuál es el rol que tienen que despeñar para evitar accidentes», sostuvo.
| febrero 21, 2022
Directivos de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), han establecido una mesa de trabajo junto a la Dirección Nacional de Operaciones de Tránsito (DNOT) y la Empresa Nacional de Autopista (ENA), con el objetivo de reducir el número de siniestros viales en el país.
El director de Educación Vial de la Autoridad de la ATTT, Nicomedes Aizpurúa, indicó que esta iniciativa busca aumentar las sanciones de embriaguez comprobada, exceso de velocidad, entre otras, debido al incremento de las colisiones vehiculares producto del consumo de alcohol en los conductores que conllevan a la pérdida de vidas humanas.
Detalló que les llama poderosamente la atención que las sanciones por exceso de velocidad no disminuyen. "El año pasado estuvieron por arriba de 122 mil. Fueron menos que en 2019, pero se mantienen demasiado altas", señaló.
"Necesitamos que los que transitan en las calles, ya sea como conductores o peatones, tengan claro cuál es el rol que tienen que despeñar para evitar accidentes", sostuvo.
Aizpurúa recalcó que "no nos interesa recoger más dinero. Vamos a ser vigilante que regularizaciones al Reglamento del Tránsito surtan el efecto que buscamos, que es menos accidentes".
La semana pasada, un informe de la ATTT detalló que el uso de dispositivos móviles al conducir es la principal consecuencia de accidentes menores de tránsito, por lo que se contempla de los que incurran en esta falta reciban charlas de concientización.
La mesa técnica estudia modificaciones al Decreto Ejecutivo N° 640, enfatizando en el tiempo de retención de la licencia de conducir a los que incurran en sanciones por embriaguez y velocidad.
Esta mesa técnica conformada por un equipo colegiado de asesores expertos, peritos físicos y de tránsito, consideran establecer un límite temporal de siete años para la aplicación de agravantes por reincidencia, exceptuando de tal medida a los conductores que en estado de embriaguez comprobada o bajo los efectos de estupefacientes causen accidentes de tránsito, lesiones personales o daños a la propiedad ajena.