La directiva de la ACP indicó que habiéndose cumplido siete años de operación de las esclusas Neopanamax, utilizando dos marinos en los remolcadores Alfa y Delta, se ha demostrado que la operación con esta dotación estándar es segura y confiable.
| agosto 26, 2022
La Autoridad del Canal de Panamá (ACP), emitió un comunicado con relación a las publicaciones aparecidas en medios de comunicación y redes sociales, así como declaraciones realizadas por parte de la Unión de Capitanes y Oficiales de Cubierta (UCOC) sobre la eliminación del tercer marino en los remolcadores que asisten a los buques dentro de las esclusas Neopanamax en abril de 2018.
La directiva del Canal aclaró que, el tercer juego de esclusas del Canal de Panamá inició operaciones el 26 de junio del año 2016, y desde antes de iniciar estas operaciones, como parte del proceso de familiarización de la fuerza laboral con la nueva operación, la ACP decidió asignar un tercer marinero adicional en forma temporal, tanto en los remolcadores de Proa (Alfa) y Popa (Delta), con la intención de permitir la exposición al proceso de operación de las nuevas esclusas, a pesar de que la dotación estándar de los remolcadores es de dos marineros.
Indican que en 2017, la ACP normalizó la operación y volvió a la dotación de dos marineros en los remolcadores de Popa (Delta), lo cual reiteramos es la práctica estándar en el mundo marítimo.Es importante señalar que, frente a esta decisión, ningún trabajador presentó ninguna queja o reclamo.
Posteriormente en abril de 2018, la ACP decide normalizar también la dotación de dos marineros en los remolcadores de Proa (Alfa), tomando en consideración que ya la fuerza laboral estaba familiarizada con la nueva operación.
Frente a esta decisión, algunos capitanes de remolcadores decidieron no operar bajo estas condiciones, que ya se estaban aplicando a los remolcadores de Popa (Delta), lo cual ocasionó retrasos que generaron afectaciones en la programación de tránsito de buques por las esclusas Neopanamax.
Como consecuencia de esta acción, la ACP tomó las medidas administrativas disciplinarias que establece el régimen legal del Canal de Panamá en contra estos capitanes, las cuales han sido presentadas ante las instancias legales correspondientes y todavía están en proceso.
La ACP mencionó que la instrucción de operar los remolcadores con dos marineros es cónsona con lo establecido en el Certificado de Inspección de Seguridad Marítima (CDI) de cada remolcador, donde consta que la tripulación mínima requerida para la operación de dichas embarcaciones es de un capitán de buques a motor, un maquinista auxiliar para buques a motor, y dos marineros.
El fallo mencionando en los medios no se refiere a los reclamos de los capitanes de remolcadores, como se ha pretendido hacer ver. Lo que indica este fallo es que la medida administrativa tomada en abril de 2018 fue imprevista para los marinos y significó un cambio en sus condiciones de trabajo. Los marinos no forman parte de la UCOC.
La ACP manifestó ser respetuosa del régimen legal del Canal, y sin perjuicio de lo que decidió este fallo, ya había cumplido en el año 2020 con la notificación respectiva a los sindicatos que representan a los marineros de remolcador, a fin de que ejercieran su derecho a solicitar una negociación del impacto e implementación de la decisión tomada en el 2018.
Ante esta notificación, el Panama Area Metal Trades Council (PAMTC), sindicato que representa a los marineros de remolcadores, solicitó negociar una Compensación Adicional Especial (CAE) equivalente al 50 % del salario por hora para los dos marinos que realizan labores a bordo de los remolcadores Proa (Alfa) en las esclusas Neopanamax.
La ACP contestó que estaba dispuesta a negociar el impacto de la implementación de la medida, pero no el incremento monetario del salario, por lo que el PAMTC interpuso una disputa de negociabilidad, la cual se encuentra pendiente de la decisión ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
El Título XIV de la Constitución establece que el Canal permanecerá abierto al tránsito pacífico e ininterrumpido de las naves de todas las naciones y que debe funcionar de manera segura, continua, eficiente y rentable.Además, en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Autoridad del Canal de Panamá se estipula, entre otros aspectos, que el funcionamiento del Canal no podrá interrumpirse ni desmejorarse por causa alguna.
Habiéndose cumplido siete años de operación de las esclusas Neopanamax, utilizando dos marinos en los remolcadores Alfa y Delta, se ha demostrado que la operación con esta dotación estándar es segura y confiable.
Según la directiva de la ACP, no se ajusta a la verdad, como se ha mencionado en diversas publicaciones, que el fallo de la CSJ demuestre que las operaciones en los remolcadores con tres marinos a bordos sea una operación insegura o que las medidas disciplinarias aplicadas a los capitanes de remolcadores carezcan de fundamento legal.
La Unión de Capitanes y Oficiales de Cubierta del Canal de Panamá, en días pasados informó que el día 22 de junio de 2022, la Sala III de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), mediante fallo confirmatorio de la resolución No. 3/2020 de 14 de noviembre de 2019, mediante la cual la Junta de Relaciones Laborales del Canal de Panamá, declara que la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) cometió las causales de práctica laboral desleal, con relación a la eliminación de un tercer marinero en los remolcadores ALFA que asisten a los buques que transitan por el tercer juego de esclusas del canal ampliado.
Según el capitán Daniel Camazón, quien es parte de los Capitanes, estos hechos fueron denunciados desde el 12 de abril de 2018 por la Autoridad del Canal de Panamá, ante los medios de comunicación nacionales como internacionales, acusando a los capitanes de remolcadores de haber provocado la interrupción del tránsito por la vía acuática. La administración anunció despidos y sanciones administrativas para los capitanes que según su versión de los hechos se negaron a cumplir una orden supuestamente legítima, clara y documentada.
Agregó que esta práctica laboral desleal se dio inicialmente por otro gremio que es al que se le eliminaron los marinos.
Explicó que los capitanes de remolcadores fueron sancionados desde esa fecha y sancionados sin paga y fueron atacados por la administración del Canal.