La Ley Seca será aplicada en todo el territorio nacional desde las seis 6:00 de la tarde del sábado 26 de mayo hasta las seis 6:00 de la mañana del lunes 28 de mayo
| mayo 22, 2018
El Decreto 847 de 2018 emitido por el Gobierno Nacional de cara a las elecciones presidenciales del próximo domingo, entregó las restricciones y recomendaciones para que la ciudadanía, alcaldes y gobernadores, al igual que los movimientos políticos y candidatos ejerzan sus derechos garantizando la transparencia durante la jornada.
Esta semana se prohíben las reuniones de carácter político en espacios públicos, así como se aplicarán restricciones como la ley seca o el porte de armas para garantizar el orden público.
LEY SECA Y RESTRICCIÓN DE PORTE DE ARMAS
La Ley Seca será aplicada en todo el territorio nacional desde las seis 6:00 de la tarde del sábado 26 de mayo hasta las seis 6:00 de la mañana del lunes 28 de mayo y las autoridades locales la podrán ampliar para prevenir posibles alteraciones del orden público.
Se suspenderán los permisos para el porte de armas en todo el territorio nacional, desde el viernes hasta el miércoles 30 de mayo.
Los ciudadanos con discapacidad, avanzada edad o dolencias físicas, que no puedan valerse por sí mismos, podrán votar acompañados hasta el interior del cubículo de votación.
Ninguno podrá usar dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video.
Después de la 4:00 de la tarde cuando inician los escrutinios los testigos electorales podrán ejercer la vigilancia del proceso, para lo que recibirán copia de las actas de escrutinio y podrán hacer uso de cámaras fotográficas o de video.
El votante podrá portar un elemento de ayuda, para recordar por quién votará, que deberá tener como medida máxima 10 centímetros por 5.5 centímetros, en un lugar no visible para recordar por quién votará.
ALCALDES Y GOBERNADORES PODRÁN DECRETAR TOQUE DE QUEDA Y CAMBIAR RUTAS Y HORARIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO
Los gobernadores y alcaldes podrán restringir la circulación de vehículos automotores, embarcaciones, motocicletas, o de estas con acompañantes, para prevenir posibles alteraciones del orden público, así como decretar toque de queda.
También podrán autorizar rutas, frecuencias y horarios de carácter intermunicipal, urbana y veredal, para garantizar la movilización de los ciudadanos a los centros de votación.
Podrán convocar a consejos regionales de seguridad para coordinar acciones que permitan garantizar el normal desarrollo de las elecciones.
SE RESTRINGE LA PUBLICIDAD DE LOS CANDIDATOS
Esta última semana no se podrá difundir propaganda política y electoral, ni sepodrán publicar encuestas, sondeos o proyecciones electorales.
A partir del lunes 21 de mayo de 2018 y hasta el lunes 28 de mayo de 2018, solo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados.
El domingo de la elección se prohíbe toda clase de propaganda, manifestaciones, comunicados y entrevistas con fines político-electorales a través de radio, prensa y televisión, así como la propaganda móvil, estática o sonora.
Este día no podrán fijarse nuevos carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir propaganda electoral, así como no se podrá difundir publicidad a través de cualquier tipo de vehículo terrestre, nave o aeronave.
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