Pequeñas farmacias podrán importar medicamentos con modificación de la Ley 24 y derogación del decreto 95


El vicepresidente aseguró que la medida anterior sobre el 30% en el precio de 179 medicamentos también ayudará pues la rebaja debe darse desde los laboratorios para que las pequeñas farmacias no se vean afectadas con esta iniciativa.


Noticia Radio Panamá | Pequeñas farmacias podrán importar medicamentos con modificación de la Ley 24 y derogación del decreto 95

| agosto 16, 2022


Las pequeñas farmacias del país ya no estarán obligadas a comprarle medicamentos a las grandes farmacias o importadores, que hasta hoy eran los únicos autorizados para traer medicamentos del extranjero, pues el presidente de la República Laurentino Cortizo autorizó al ministro de Salud Luis Francisco Sucre a que presente ante el Consejo de Gabinete una modificación a la ley 24 de 1963, que permitiría a estos pequeños comercios poder importar medicamentos.
Así lo anunció el vicepresidente José Gabriel Carrizo, quien aseguró que está propuesta fue planteada en la mesa técnica de medicamentos que él preside y agregó que esto permitirá abrir el mercado y eliminar los oligopolios que han acaparado la importación de medicamentos y encareciendo su precio.
"Con esta modificación de ley también vamos a dar la oportunidad a las farmacias chicas que también pueden importar sus medicamentos lo que buscamos es abrir el mercado,  una libre oferta y una libre demanda que elimine los  oligopolios que han estado predominando en el país 

Las acciones concretas del Gobierno incluyeron la firma, entre el presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen y el ministro de Salud, Luis Francisco Sucre, del decreto que deroga el decreto ejecutivo 95 del 14 de mayo de 2019 y reglamenta la Ley 1 de 10 de enero de 2001 “sobre medicamentos y otros productos para la salud humana”, que permite la importación al amparo del registro sanitario.

De acuerdo con las autoridades este nuevo decreto permitirá la apertura del mercado de medicamento para que otros agentes puedan importar dichos productos al amparo del registro sanitario vigente en el territorio nacional; con el objetivo de reducir los costos de los medicamentos y acabar con los oligopolios en el país.

Entre los artículos incluidos en este nuevo decreto están el 368 que establece en el memorial el solicitante debe incluir o adjuntar, además de lo indicado en el (artículo 82 de la Ley 1 de 2001, lo siguiente: el nombre comercial de la empresa importadora; el número de licencia del establecimiento farmacéutico y la declaración notarial del representante legal, debidamente acreditado, sobre la identidad del producto.

El artículo 369 dicta que una vez aprobada la solicitud de importación, por la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas, la agencia distribuidora podrá importar él o los productos las veces que lo requiera, aportando en cada trámite de importación la Certificación de Importación al Amparo de Registro Sanitario vigente y la factura de compra con la información que indica el artículo 68 de la Ley 1de 2001.

El vicepresidente Carrizo aseguró que la medida anterior sobre el 30% en el precio de 179 medicamentos también ayudará pues la rebaja debe darse desde los laboratorios para que las pequeñas farmacias no se vean afectadas con esta iniciativa.
Para que esto sea posible el ministro de Comercio e Industrias Federico Alfaro, aseguró que Federama, asociación de las casas de laboratorios ya aceptó dar ese 30% de descuento a los distribuidores, quienes también acordaron dar la rebaja a las farmacias y así el precio final del consumidor lleve el 30% menos. 

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