¿Pedro Castillo saldrá en libertad o seguirá detenido? Inicia audiencia en Perú para evaluar la decisión


En este acto, se espera que la Corte Suprema de Justicia decida si Castillo sale en libertad, tras permanecer siete días en detención provisional en la cárcel de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía peruana o pase a detención preventiva por al menos 18 meses, solicitada por las autoridades judiciales, mientras se realizan las investigaciones de su caso.


Noticia Radio Panamá | ¿Pedro Castillo saldrá en libertad o seguirá detenido? Inicia audiencia en Perú para evaluar la decisión

Ariel Albaez | diciembre 15, 2022


En horas de la mañana de este jueves 15 de diciembre, inició una nueva audiencia contra el expresidente de Perú, Pedro Castillo, con miras a llegar a una decisión sobre su estado jurídico, luego de la «rebelión» tomada el pasado 7 de diciembre, donde declaró un autogolpe de Estado.

En este acto, se espera que la Corte Suprema de Justicia decida si Castillo sale en libertad, tras permanecer siete días en detención provisional en la cárcel de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía peruana o pase a detención preventiva por al menos 18 meses, solicitada por las autoridades judiciales, mientras se realizan las investigaciones del caso.

Al destituido exmandatario, se le investiga como presunto coautor del delito contra los poderes del Estado y el orden constitucional, en la modalidad de rebelión, previsto y sancionado en el artículo 346 del Código Penal, en agravio del Estado y, alternativamente, por el delito contra los poderes del Estado y el orden constitucional -conspiración-, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 349 del código Penal en agravio de Estado, según informó en días pasados el máximo Órgano de Justicia de ese país, mediante un comunicado.

Además, por ser «presunto autor de delito contra la administración pública-abuso de autoridad, ilícito penal previsto en sancionado en el artículo 376 [primer párrafo] del Código Penal, en agravio del Estado; y, como presunto autor del delito contra la tranquilidad pública — delito contra la paz pública, en la modalidad de delito de grave perturbación de la tranquilidad pública, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 315-A [primer y segundo párrafo] del Código Penal, en agravio de la sociedad», dijo en la nota.

Durante la audiencia anterior, Castillo sostuvo que no cometió ningún delito de conspiración ni rebelión por el cual se le acusa.

«Estoy injusta y arbitrariamente detenido, no estoy por ladrón, por violador ni corrupto ni matón», afirmó.

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