Se faculta a la Autoridad de Aeronáutica Civil, al Servicio Nacional de Migración, a la Fuerza Pública y a las autoridades sanitarias para adoptar las medidas necesarias para el estricto cumplimiento de esta orden.
| diciembre 3, 2021
El Ministerio de Salud (Minsa), emitió el Decreto Ejecutivo N° 881, del 2 de diciembre de 2021, el cual suspende temporalmente el ingreso al país de personas que hayan permanecido o transitado durante los últimos 14 días en ocho países de África, debido a la nueva variante del coronavirus Ómicron.
Estos países son: Sudáfrica, Botsuana, Esuatini, Lesoto, Mozambique, Namibia, Zimbawe y Malawi, naciones consideradas de alto riesgo de transmisión de la Covid-19 por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
El decreto también indica que los panameños o extranjeros residentes en el país, con esquema de vacunación completa que ingresen a Panamá, pasado los 15 días de su permanencia o tránsito por alguno de estos países, deberán presentar el resultado negativo de la prueba de Covid (PCR o antígeno) de hasta 72 horas de vigencia o realizarse una, a su costo, en el puerto de entrada. Además, deberán cumplir las medidas de bioseguridad y repetirse la prueba de Covid-19 pasada las 72 horas de su llegada a Panamá.
Aquellos panameños y residentes en el país, sin esquema completo de vacunación, deben presentar el resultado negativo de la prueba Covid (PCR o antígeno) de hasta 72 horas de vigencia o realizarse una, a su costo, en el puerto de entrada y deben cumplir una cuarentena preventiva de 72 en su domicilio o en un hotel autorizado por el Minsa. Pasado ese período deberán repetir la prueba Covid-19 y solo con un resultado negativo finalizará su cuarentena.
Se faculta a la Autoridad de Aeronáutica Civil, al Servicio Nacional de Migración, a la Fuerza Pública y a las autoridades sanitarias para adoptar las medidas necesarias para el estricto cumplimiento de esta orden.