Magistrados del TE le niegan recusación a Martinelli contra Eduardo Valdés Escoffery por fuero penal electoral


Los magistrados atienden una apelación de Martinelli, debido a que el pasado 24 de febrero la jueza administrativa electoral, Edmara Jaén, decidió levantarle la prerrogativa legal.


Noticia Radio Panamá | Magistrados del TE le niegan recusación a Martinelli contra Eduardo Valdés Escoffery por fuero penal electoral

| marzo 22, 2022


Ricardo Martinelli había recusado al magistrado del Tribunal Electoral (TE), Eduardo Valdés Escoffery, para que no actuara en el proceso del levantamiento de su fuero penal electoral. Sin embargo, el propio magistrado confirmó ayer que la recusación fue rechazada por sus colegas la semana pasada, por lo que ahora se disponen a redactar el fallo de fondo.

El levantamiento del fuero había sido solicitado por una jueza que lleva los casos de Odebrecht y New Business.

Los magistrados atienden una apelación de Martinelli, debido a que el pasado 24 de febrero la jueza administrativa electoral, Edmara Jaén, decidió levantarle la prerrogativa legal.

La decisión sobre la recusación fue conocida ayer, en horas de la tarde. Fue resuelta por los magistrados Heriberto Araúz y Alfredo Juncá, quienes alegaron que no hay base legal para que su colega Valdés fuera declarado impedido.

Roniel Ortiz, abogado de Martinelli, dijo que habían recusado a Valdés porque este se ha pronunciado públicamente varias veces “en contra Martinelli”. Aclaró que aún no se define el fondo.

Consultado al respecto, el magistrado Valdés confirmó la decisión y explicó que fue tomada la semana pasada.

Con la recusación resuelta, los magistrados del TE tendrían el panorama despejado para analizar el levantamiento del fuero penal de Martinelli.

El origen del levantamiento del fuero de Martinelli viene de una solicitud que hizo la jueza Baloisa Marquínez, del Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales, quien se encuentra a cargo de los casos New Business y Odebrecht, en los cuales el expresidente está imputado.

La jueza Marquínez requiere del levantamiento del fuero para realizar las audiencias preliminares en ambos procesos.

Según la última reforma al Código Electoral (Ley 247 del 22 de octubre de 2021), los magistrados deben resolver “en un término no mayor de ocho días hábiles” esta apelación. Así está contenido en 106 de esa Ley 247 que reformó el artículo 267 del Código Electoral.

Martinelli presentó su apelación el pasado 25 de febrero a través de la abogada Niurka Palacios.

Valdés dijo que al resolver la recusación la semana pasada ahora se trabaja en el fallo definitivo sobre el fuero.

album-art

Sorry, no results.
Please try another keyword
00:00