La Tercera Sala del máximo tribunal determinaron la responsabilidad del Estado en el deceso de Ovando Garcés, quien murió el 2 de marzo de 2010, producto de las secuelas de asfixia por inmersión.

| diciembre 20, 2013
En fallo dividido, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal determinaron la responsabilidad del Estado en el deceso de Ovando Garcés, quien murió el 2 de marzo de 2010, producto de las secuelas de una asfixia por inmersión.
La sentencia del máximo tribunal −que acogió el recurso de casación presentado por los demandantes en contra del fallos de la Corte de Apelaciones de Concepción y el Tercer Juzgado Civil de Concepción que habían rechazado la demanda− determinó la responsabilidad del fisco debido a que la víctima y su grupo familiar permanecieron en su casa, ubicada en la población Santa Clara, tras escuchar, por una emisora local, al intendente regional afirmar que no existía riesgo de tsunami, tras el terremoto que afectó a la zona centro sur del país la madrugada del 27 de febrero de 2010.
"Sobre tales antecedentes de hecho –terremoto, permanencia de los Ovando fuera de su domicilio, entrevista radial del Intendente, decisión de permanecer en el lugar por tales personas y tsunami− la relación causal resulta indiscutida, por cuanto según se ha dicho, la entrevista radial del Intendente varió el ánimo de los Ovando de incertidumbre a tranquilidad, por lo cual al producirse la salida de mar fueron sorprendidos en la confianza de estar seguros.