Asamblea Nacional aprueba citar al ministro de Comercio para responder cuestionario sobre Minera Panamá


¿Cuál es la hoja de ruta frente a las negociaciones? ¿Existen plazos establecidos, condiciones minimas requeridas, etc.?


Noticia Radio Panamá | Asamblea Nacional aprueba citar al ministro de Comercio para responder cuestionario sobre Minera Panamá

Todas las bancadas de mundo Asamblea Nacional, aprobaron este martes citar al Ministro de Comercio e industrias, Federico Alfaro Boyd, y al Director Nacional de Recursos Minerales para que respondan el siguiente cuestionario relacionado con la Ley 9 de 26 de febrero de 1997 y el contrato aprobado con la empresa Minera Panamá S.A.:

1. ¿Cuál es el estado actual de las negociaciones entre la República de Panamá y la empresa Minera Panama S.A.?

2. ¿Cuál es la hoja de ruta frente a las negociaciones? ¿Existen plazos establecidos, condiciones minimas requeridas, etc.?

3. ¿Cómo arribó el Gobierno Nacional a la suma de B/. 375,000,000.00 como aporte obligatorio por parte de la empresa Minera Panamá, S.A.?

4. Se ha mencionado por las partes contractuales que las negociaciones se detuvieron ¿Cuáles son los obstáculos que frenan la negociación?

  1. La empresa Minera Panamá, S.A. ha señalado que están de acuerdo con el pago solicitado de B 375,000,000.00 al estado panameño. ¿Es esto cierto? De ser cierto, ¿Qué otra condición freann las negociaciones y la firma de un nuevo contrato con la empresa Minera.
  2. ¿A qué se debió que luego de meses de anunciado un acuerdo entre la empresa Minera Panamá, S.A. y el Gobierno Nacional, la empresa decida no firmar el contrato que corresponde a dicho acuerdo? ¿Surgieron cambios en el acuerdo? ¿Qué circunstancias provocaron dicha situación?
  1. Luego de la conocida reunión entre el director ejecutivo de First Quantum y el Ministerio, de Comercio: se han podido reanudar las negociaciones?
  2. Cuintas inspecciones ha realizado la Dirección de Recursos Minerales del MICI al Proyecto Cobre Panamá desde que este inicio operaciones? ¿Cuántos procesos sancionatorios ha abierto la Dirección de Recursos Minerales contra la empresa a cargo del proyecto por incumplimientos al antiguo contrato de concesión minera?
  3. ¿Cuantas toneladas de carbón utiliza la planta termoeléctrica con la que opera el Proyecto Cobre Panamá y de donde proviene dicho curbón? ¿Está sujeta esta importación de carbón a exoneraciones fiscales?

10, ¿Cuantas hectáreas de bosque se han talado hasta la fecha desde que inició la construcción del proyecto hasta la actualidad? ¿Cuál era el limite máximo de hectáreas que podían ser taladas «legalmente» por la empresa?

  1. ¿Cuál es el estutus del proyecto sancionatorio que abrió el Ministerio de Ambiente a la empresa First Quantum por la contaminación de las aguas de la Quebrada Chicheme? ¿Ha sido el daño ambiental restaurailo por la empresa.
  2. ¿Contaba la empresa First Quantum con todos los permisos necesarios para la operación de su proyecto, tales como permisos de descarga de aguas residuales, y concesiones de uso de agua, entre otros, antes de la emisión de la Resolución del MICI que suspendia la operación comercial del proyecto?
  3. ¿Cuántos procesos sancionatorios ambientales mantiene abierto el Proyecto Cobre: Panamá? ¿Cuántos procesos sancionatorios ambientales se han cerrado, y qué tipo de sanciones se le han impuesto a la empresa?
  4. ¿Cómo justifica el MICI la opacidad y falta de participación ciudadana durante la fase de renegociación del con trato de concesión, ante las siguientes disposiciones del Acuerdo de Escazi. Cada Parte promoverà la participación del público en procesos de toma de decisiones, revisiones, reexaminaciones o actualizaciones distintos a los mencionados en el párrafo 2 del presente articulo, relativos a asuntos ambientales de interés público, tales como el ordenamiento del territorio y a elaboración de politicas, estrategias, planes, programas, normas y reglamentos, que tengan o puedan tener un significativo impacto sobre el medio ambiente. Cada Parte adoptará medidas para asegurar que la participación del público sea posible desde etapas iniciales del proceso de toma de decisiones, de manera que las observaciones del público sean debidamente consideradas y contribuyan en dichos procesos. A tal efecto, cada Parte proporcionará al público, de manera clara, oportuna y comprensible, la Información necesaria para hacer efectivo su derecho a participar en el proceso de toma de decisiones
  5. El procedimiento de participación pública contemplard plazos razonables que dejen tiempo suficiente para informar al público y para que este participe en forma efectiva. 15A cuanto asciende el monto total que ha recibido el Estado panameño en concepto de regalías por parte de la empresa desde que este inició operaciones?
  6. Ha coordinado la Contraloría General de la República con el MICI, la asistencia técnica requerida para realizar la auditoria al Proyecto Cobre Panamá, luego de que el Contralor aminciara al país durante la sustentación de su Vista Presupuestaria que se realizaria unn auditoria al proyecto?
  7. Ayer el Presidente de la República no se refirió a los procesos de arbitraje internacional que la empresa First Quantum anunció iniciaria contra el país. ¿Se llegó a algún tipo de acuerdo para evitar el inicio de estos procesos arbitrales?
  8. A cuanto asciende la suma total de impuestos y tributos que la empresa debe pagar al Estado panameño anualmente? Han cumplido con el pago de estos tributos?
  9. ¿Puede listamos todas las exoneraciones fiscales con las que cuenta la empresa First Quantum?
  10. ¿Ha cumplido la empresa First Quantum con las obligaciones adquiridas tras la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental Categoría III, tales como la reforestación de zonas dentro y fuera del área de concesión, y pagos a las áreas proteidas afectadas (Donoso, Parque Nacional Santa Fe y Parque Nacional General de División de Omar Torrijos)?
  11. ¿Cuenta el Estado panameño con un inventario de todas las emisiones de gases de efecto invernadero que anualmente genera el proyecto Cobre Panamá?
  12. ¿Mantiene la empresa pública coreana KORES, la propiedad del 10% del proyecto Cobre Panamá? ¿Cómo se justifica esto ante lo dispuesto en nuestra Constitución Política: ARTICULO 290. Ningún gobierno extranjero ni entidad o institución oficial o semioficial extranjera podrán adquirir el dominio sobre ninguna parte del territorio nacional, salvo cuando se trate de las sedes de embajadas de conformidad con lo que disponga la Ley. Menciona la Resolución 2022-234 de 19 de diciembre de 2022 de la Dirección Nacional de Recursos Minerales del Ministerio de Comercio e Industrias lo siguiente «…por lo que, en consecuencia, dejó de tener existencia juridica el contrato celebrado entre el Estado panameño y Minera Panamá, SA, dejando a esta sin el derecho de goce de las exenciones y beneficios otorgados mediante la ya mencionada Ley.» Siendo este el caso; ¿Cómo operó la empresa entre el 22 de diciembre de 2021 hasta la orden emitida por la resolución en mención?
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